México deberá hacer un gran esfuerzo interpretativo ante la nueva legislación penal que permite imputar a las empresas como delincuentes cuando alguien actúe como administrador de hecho o de derecho de una empresa, o en nombre o representación voluntaria de la corporación, y en estas circunstancias cometa un delito. Dicho individuo responderá en lo personal, pero -además- el Ministerio Público podrá ejercer acción penal contra la empresa y sancionarla.
La responsabilidad penal de las empresas es una realidad. La CDMX ya dio el paso y legisló que las empresas serán penalmente responsables de los delitos dolosos, incluso en grado de tentativa, y culposos al incumplir un deber de cuidado, cuando tales delitos sean cometidos por sus representantes legales y/o administradores de hecho o de derecho, en nombre, por cuenta, en provecho o exclusivo beneficio de la empresa; o cuando los empleados de los administradores cometan un delito por no haberse ejercido sobre ellos el debido control que corresponda al ámbito organizacional que deba atenderse, según las circunstancias del caso, y el delito lo realicen con motivo de las actividades sociales o el objeto social de la empresa.
Se pretende fomentar una nueva cultura de autorregulación y cumplimiento empresarial que no sea meramente cosmética, y elevar las medidas internas para la prevención de delitos. Incluso, será circunstancia atenuante de la responsabilidad penal de la empresa el colaborar en la investigación penal aportando pruebas, la reparación del daño y el establecimiento de medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo el amparo de la empresa.
La ley convierte a las empresas en policías de su propia corporación y las hace cooperar en funciones del Estado para prevenir y evitar delitos futuros, a manera de corresponsabilidad de riesgos o corresponsabilidad de los propios riesgos. Pero, ¿cómo hacer para que un consejo de administración, CEO, CFO o cualquier otro representante haga todo bien en el seno de su empresa? Los individuos de las corporaciones suelen tener intereses distintos a los de la propia empresa en temas como ventas, compensaciones y otros muchos aspectos. ¿Esta nueva legislación mejorará las condiciones del mercado? ¿Ayudará a evitar las malas prácticas y la competencia desleal? ¿Será en beneficio de los consumidores?
TOCA A LA FEDERACIÓN
En ese contexto, la iniciativa legislativa -actualmente en discusión- del senador Arturo Zamora Jiménez propone reformar el Código Penal Federal para incluir la responsabilidad penal de la empresa pero solamente respecto de ciertos delitos, como revelación de secretos, acceso ilícito a sistemas y equipos de informática, delitos patrimoniales, encubrimiento, operaciones de lavado de dinero, delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, de propiedad industrial, contra la salud y los cometidos por servidores públicos. El Senado está analizando el tema.
La inclusión de las empresas como sujetos de derecho penal es un asunto de prevención y estrategia nacional. Como lo advierte el senador Zamora, nos permitirá enfrentar mejor las nuevas formas de criminalidad y compleja corrupción. Inicia en México la era del compliance penal.