Si algo despierta suspicacia en la sociedad, cuando de justicia se trata, es la notoria incapacidad de la mayoría de los políticos y autoridades que solo prometen y anuncian logros cosméticos. Por desgracia, la justicia penal está todavía muy lejos de ser una política pública satisfactoria en México.
Es común que, pese a su evidente responsabilidad penal, muchos presuntos delincuentes consigan impunidad total, mientras otros inculpados son enviados a prisión y tratados como criminales sin encontrar amparo en la presunción de inocencia. Un factor común suele permear la raíz de ambas situaciones: la aplicación, acertada o errónea, de las medidas cautelares.
Estas medidas constituyen una pieza fundamental en el complejo rompecabezas del procedimiento penal acusatorio y oral; incluyen, entre otras, la prisión preventiva, exhibición de garantía económica, presentación periódica ante jueces y autoridades, embargo de bienes, inmovilización de cuentas y valores, resguardo domiciliario y la colocación de localizadores electrónicos a los que, por cierto, tendremos que irnos acostumbrando porque su uso será cada vez más frecuente en nuestro país.
Las medidas cautelares serán impuestas mediante resolución judicial, por el tiempo indispensable para asegurar la presencia del imputado en el procedimiento penal, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido o del testigo, o evitar la obstaculización del procedimiento. Esta misión de cautela es tan significativa como intrincada. ¿Cómo imponer eficazmente tales medidas? ¿Cómo evitar abusar de ellas? ¿Cuáles son los criterios para mantener el proceso penal en equilibrio? Recordemos que los objetivos del sistema penal acusatorio son: esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que se repare el daño, asegurar el acceso a la justicia y resolver el conflicto penal respetando siempre a los derechos humanos.
Tales maravillosos objetivos contrastan con los enormes costos que supone la aplicación adecuada de estas medidas. Nótese que la actual administración parece no tener la capacidad operativa ni financiera para conseguirlos. Sin embargo, surgen noticias esperanzadoras con la reciente creación de la Unidad de Seguimiento y Supervisión de Medidas Cautelares, como una Unidad de Apoyo del Comisionado General de la Policía Federal encabezada por Manelich Castilla, cuya finalidad será proporcionar a las partes del procedimiento penal información sobre la evaluación de riesgos que representa el imputado y el seguimiento de las medidas cautelares.
Tremendo reto, pues la evaluación y supervisión de las medidas de cautela, distintas a prisión preventiva, corresponderá a la nueva Unidad de Seguimiento y Supervisión que se regirá por los principios de neutralidad, objetividad, imparcialidad y confidencialidad.
DESAFÍOS INMEDIATOS
El Comisionado Nacional de Seguridad, Renato Sales, y el propio Comisionado General han designado a Cuauhtémoc Vázquez como titular de dicha Unidad, por haber demostrado amplia capacidad y compromiso al frente de la Policía Federal Procesal, cargo que seguirá desempeñando simultáneamente.
Muchas dudas y cuestionamientos lanzan los operadores del sistema penal: ¿Cómo evitar conflictos de interés en la Policía Federal al ser está la encargada de la detención de imputados y de la evaluación de riesgos que éstos representan? ¿Cómo evitar subjetividad entre jueces y policías? ¿Será factible garantizar su imparcialidad ante la falta de investigaciones científicas?
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