No existe todavía una inteligencia artificial que supla las funciones judiciales en el Derecho, específicamente al momento de resolver y aplicar justicia en los conflictos humanos en materia penal. Sigue siendo importante distinguir entre los conocimientos científicos o técnicos, y los prudenciales o ponderativos.
Punto de partida: La desconfianza en el ser humano
Un antiguo aforismo que el filósofo inglés del siglo XVII, Tomás Hobbes, tomó del poeta latino Plauto, resume bien la desconfianza que los seres humanos tenemos en nosotros mismos: homo homini lupus est, es decir, “el hombre es el lobo del hombre”.
Con esa frase, Hobbes justificó la necesidad de crear una máquina o un artefacto, construido a partir del cálculo y los principios matemáticos, que supliera a los seres humanos en el gobierno de los pueblos. No pudiendo confiar unos en otros, por considerar que todos estamos en permanente lucha, conflicto y oposición, Hobbes propuso que creáramos una “forma artificial de gobierno” a la que llamó ESTADO.
El Estado soberano es considerado, desde entonces, como una suerte de androide, es decir, una forma artificial de organizar el poder político, teniendo como característica principal que suple al ser humano (al homo homini lupus est) por una estructura política que se rige por unas leyes específicas. Ese ser artificial al que se llamó por primera vez “Estado”, fue comparado por Hobbes con un monstruo imaginario que tomó de los relatos bíblicos, llamado Leviatán.
La quimera de suplantar al ser humano por un ‘artefacto’ que tome decisiones objetivas
Desde entonces y hasta nuestros días, el mundo ha soñado con sustituir a las personas físicas por sistemas o por piezas de un sistema, incluso por robots o “personas artificiales”.
Un ejemplo característico de esta quimera es analizar, por ejemplo, la función judicial de los jueces, cuya tarea consiste normalmente en dictar sentencias a partir de una “valoración” de las pruebas ofrecidas por las partes en un juicio o por medio de una “ponderación” de los principios de equidad y justicia aplicables al caso concreto que debe resolver. Al respecto, nótese que “valorar” y “ponderar” no son actos estrictamente racionales ni científicos, como lo son sumar o restar matemáticamente, pues en aquellos es evidente que entran en juego las emociones, los sentimientos y las intuiciones del juez.
Pero en el mundo moderno, todo aquello que no sea “racional” es visto como peligrosamente subjetivo y parcial, y más si se parte de una visión del ser humano tan pesimista como la de Hobbes; visión que hoy predomina: “el hombre es el lobo del hombre”.
La quimera del juez fríamente objetivo
¿Objetivo? Parece una quimera. En efecto, si el ser humano es considerado como un lobo destructor de los demás seres humanos; es decir, un predador natural de los de su misma especie, ¿por qué habríamos de confiar en las intuiciones o emociones “subjetivas” de una persona humana, incluso si es un juez? Es decir, un juez encargado, gracias a un sistema elaborado y regulado por humanos, de proporcionar, dar y hacer justicia a los propios humanos.
Lo ideal para muchos es crear un sistema que no permita al juez emitir opiniones subjetivas ni personales o hacer consideraciones que no sean estrictamente racionales y estrictamente objetivas, con el fin de supuestamente garantizar la imparcialidad de su función judicial.
Desde esta perspectiva, se inventaron en el siglo XIX los “códigos” (civil, de comercio, penal, entre otras muchas leyes) que pretendían “enfriar” a los jueces convirtiéndolos en una especie de “ciborgs”, limitándolos para ir más allá de las fórmulas escritas establecidas en los mismos códigos.
Pero el mundo actual se volvió tan complejo, tan sumamente complejo, que ha rebasado cualquier posibilidad de legislar “la realidad” y encapsularla en tales códigos. Luego entonces, ¿cómo sustituir a la persona humana (insisto, potencialmente predador de humanos) por un sistema jurídico que nos garantice objetividad?
Función, por el momento, insustituible
En Derecho Penal surgió, por ejemplo, una corriente académica que se puso de moda hace aproximadamente 30 años, llamada “Modelo lógico-matemático”, que pretendía reducir el análisis del fenómeno delictivo, atribuible a un humano, a una especie de proceso lógico-mecánico, en el que los hechos que se necesitaban juzgar se consideraban “data o inputs” que debían acomodarse dentro del modelo (fórmula lógico-matemática) para que, al final, se produjera una sentencia como
“output”, como producto acabado. Con ello se evitaría, al parecer, la contaminación subjetiva del “parecer” de un juez (humano), quien sería sustituido por un “sistema”.
Sin embargo, ese ciborg no ha logrado cobrar vida real por el momento. No porque la fórmula del modelo lógico-matemático sea imprecisa, sino porque un sistema, una inteligencia artificial, llámese sistema jurídico, legal o virtual o matemático, jamás logrará suplir a las personas humanas en un ámbito tan complejo como el de las decisiones prudenciales. Las máquinas trabajan por medio de algoritmos ordenados lógicamente, pero en la vida humana la mayoría de las decisiones que realmente nos afectan, no son siempre lógicas ni exclusivamente racionales.
Queda muy lejano todavía el día en que la inteligencia artificial, los sistemas y las fórmulas suplan ese “no sé qué”, que añade el ser humano a sus decisiones y que las hace, si no humanas, al menos, no tan injustas como podría hacerlo un frío código penal que se aplicará a rajatablas sin criterio ponderativo, o una fórmula lógica del delito que se aplicará a la realidad pero sin responsabilidad prudencial o un sistema computacional que pretenda suplir al ser humano en aquellas tareas en las que es insustituible, como son las de ponderar, valorar, sopesar, intuir y, sobre todo, tener consideración y compasión para decidir sobre su propia vida y sobre las vidas ajenas en materia de justicia penal.
Fuente: Forbes | Ve el artículo original aquí