Firma funcionario como 'ingeniero'

Aunque el Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal, Octavio Romero Oropeza, firma los documentos oficiales como ingeniero, la Secretaría de Educación Pública no tiene en sus archivos documentos que le permitan ejercer este título profesional, por lo que podría incurrir en un delito penal.

De acuerdo con el oficio DAEP número 4448/01 folio 11008, de la Dirección General de Profesiones, tras realizar una consulta no hay en el Centro de Cómputo ni en el Archivo General de esa dependencia antecedentes de estudios profesionales de Romero Oropeza.

En la misma carta se explica que el no haber encontrado antecedentes de titulación o cédula profesional no significa que dicha persona no haya realizado estudios de ingeniería, aunque no ha solicitado su registro. «De acuerdo con la consulta formulada al Centro de Cómputo y al Archivo General de esta Unidad Administrativa, resultó que no tiene antecedente alguno al día 4 de octubre en curso, a favor del C. Octavio Romero Oropeza, que lo faculte para ejercer como ingeniero», establece el documento firmado por el licenciado José Luis Lobato Espinosa.

El Oficial Mayor del Gobierno del Distrito Federal estudió la carrera de ingeniero agrónomo en el desaparecido Colegio Superior de Agricultura Tropical en Cárdenas, Tabasco, de 1976 a 1981, y presentó su examen profesional el 14 de agosto de este año.

Los archivos del colegio en el que cursó sus estudios señalan que solicitó su registro y cédula ante la SEP; sin embargo, no se menciona si le fue entregada o no.

La propia institución reconoce que es la cédula la que permite a una persona firmar con el título profesional obtenido.

«En opinión del suscrito, la cédula profesional es el documento profesional que acredita a la persona de haber cumplido con los requisitos legales que las instancias exigen para desempeñarse profesionalmente y poder firmar documentos con el título que la cédula le confiere», indica el ingeniero Julio César López Uriza, director del Colegio Agropecuario ahora con sede en Guerrero.

En la ley reglamentaria en Tabasco sobre ejercicio de profesiones en ese estado se indica que entre las carreras que requieren el título, esto es, contar con cédula profesional para su ejercicio, está la de ingeniería agrónoma.

Asimismo, señala que ejercicio profesional consiste en las actividades y prestaciones de un servicio que se realicen, aunque sea sólo una simple consulta o la ostentación del carácter de profesionista por medio de tarjetas, anuncios, placas, insignias o de cualquier otro modo.

La Sanción

Por lo anterior, la ley reglamentaria establece que quien se atribuya el carácter de profesionista sin serlo será castigado con base en el Código Penal Vigente. También se impondrá una multa de quinientos pesos a quien cometa el delito por primera vez; en caso de reincidencia, se duplicará, y en la tercera ocasión será motivo de retiro de la patente hasta por seis meses.

En el caso del Distrito Federal, la ley indica que el hecho de que una persona se atribuya el carácter de profesionista sin tener título legal o ejerza los actos propios de la profesión se castigará con la sanción que establece el artículo 250 del Código Penal.

Dicho artículo indica que en caso de usurpación de funciones la sanción será de prisión de uno a seis años y multa de 100 a 300 días de salario mínimo.

Al respecto, el abogado penalista Carlos Requena señaló que cualquier persona que incurra en una usurpación de funciones puede ser sancionado penalmente, aunque mencionó que en ocasiones anteponer al nombre la abreviatura «Ing.» no implica una ostentación de la profesión.

Requena agregó que un problema que podría generar el que un funcionario público firme documentos con un título profesional que no le corresponde es que particulares pueden solicitar la nulidad de algunos de las acciones que ejerció.

«La irregularidad se basa en que materializó un título a sabiendas que no lo tenía, lo que es necesario demostrar si firmó documentos poniendo todo el cargo de ingeniero o hay testigos de que ostentó el cargo, pues la abreviatura «Ing.» no siempre es suficiente, pues se puede alegar que significan otra cosa», explicó Requena.

Ante las posibles irregularidades, el diputado local panista Salvador Abascal pedirá el próximo martes en la tribuna de la Asamblea Legislativa del DF que se investigue si el Oficial Mayor incurrió en un delito al ostentarse como ingeniero.

Por otro lado, el Jefe de Gobierno del DF, Andrés Manuel López Obrador, negó los rumores de que el Oficial Mayor, Octavio Romero Oropeza, renunciará al cargo por supuestas irregularidades en la compra del vestuario y el calzado para los trabajadores, y advirtió que tiene todo su apoyo.

Sanciones en caso de usurpar profesión:

Multa de 4 mil a 12 mil pesos y entre uno y seis años de prisión es la sanción que se impondrá a la persona que sin tener título profesional o autorización para ejercer una profesión reglamentada se atribuya el carácter de profesionista.

Así lo establece el artículo 250 del Código Penal para el Distrito Federal, el cual también señala que la sanción también se impondrá a quien use un título o autorización para ejercer alguna actividad sin tener derecho a ello.

Un problema que podría generar el que un funcionario público firme documentos con un título profesional que no le corresponde es que particulares pueden solicitar la nulidad de algunas de las acciones que ejerció.

La carrera de Ingeniería Agrónoma, así como la de Licenciado en Derecho, entre otras, requieren del título y cédula profesional para ser ejercidas.

Fuente:
Periódico Reforma, por Ariadna Bermeo V. y Alejandra Bordon