Corrupción político-electoral

Existe un maridaje histórico entre política y dinero. Ambos mantienen una unión inseparable para asegurar su influencia, y los medios para alcanzar este objetivo no siempre son legítimos. Pero no todo dinero relacionado con la política es mal habido, a pesar de que nuestra democracia requiere de financiación económica para ganar elecciones.

La Cámara de Diputados aprobó la Ley General en materia de Delitos Electorales con la finalidad de sancionar a los servidores públicos y particulares que dañen el adecuado desarrollo de los comicios electorales y la legal consulta popular.

Legislaron para combatir la corrupción política, asumiendo que el sistema político y los ciudadanos comparten valores político-morales, pero generalmente los incumplen por deslealtad a las reglas electorales: corrupción y democracia son incompatibles.

Todo delito tiene como fuente de conocimiento la realidad y las necesidades sociales, luego entonces, esta ley prevé que políticos y partidos políticos reciben ilícitamente fuertes sumas de dinero para ganar elecciones, a cambio de imponer decisiones e influir en los gobiernos “electos”.

No resulta sencillo enunciar una lista detallada ni exhaustiva de todas las conductas de corrupción político-electoral que vulneren el derecho ciudadano a determinar la vida del Estado y el derecho al pluralismo político. Esa corrupción convierte en letra muerta el mandato constitucional de que, supuestamente, todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste.

La Ley General de Delitos Electorales refleja una gran desconfianza en el actual sistema electoral, al criminalizar y señalar que habrá prisión para quien dolosamente realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero —o en especie— a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política, cuando exista una prohibición legal para ello o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito o rebasen los montos permitidos por la ley.

Al precandidato, candidato, funcionario partidista o a los organizadores de actos de campaña que aprovechen dolosamente fondos, bienes o servicios en apoyo o perjuicio de otro contendiente, se le sancionará con pena de prisión. Igualmente, a quien obstaculice o interfiera el desarrollo normal de votaciones, escrutinio y cómputo, o el adecuado desempeño de los funcionarios electorales; introduzca o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más boletas electorales o introduzca boletas falsas; amenace con suspender beneficios de programas sociales, sea por no participar en eventos proselitistas, o para la emisión del sufragio a favor de un candidato, partido político o coalición, entre otros delitos.

HUECOS Y VAGUEDADES

La sinergia entre dinero y política constituye la base del sistema político-electoral mexicano. Algunos diputados afirman que esta ley “se quedó corta”, en detrimento de la verdadera transparencia electoral, pues no establece una clara prohibición a sindicatos u otras organizaciones de coaccionar a sus integrantes para que voten por alguien; no regula el acceso ilegal a tiempos de radio y televisión, y no garantiza que la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), a cargo de Santiago Herrera Urbina, no sea herramienta de presión y control político.